jueves, 22 de julio de 2010

La Reforma Laboral del Gobierno no va a crear empleo y empeorará las condiciones de trabajo

CCOO y UGT piden a los grupos parlamentarios que reconduzcan la Reforma Laboral que rechazan los sindicatos porque supone un grave atentado contra los derechos de los trabajadores.

Ambos sindicatos consideran que no va a servir para crear empleo, que nos aleja del cambio de patrón de crecimiento y que no va a reducir la dualidad en el mercado de trabajo ya que las medidas adoptadas no actúan debidamente sobre la contratación temporal sino que hacen el empleo fijo igual de vulnerable que el empleo temporal. La iniciativa del Gobierno facilita a las empresas el despido individual y colectivo por razones económicas, técnicas, organizativas y productivas haciéndolo más fácil, más rápido y más barato, privatiza el desempleo, rompe la negociación colectiva y aumenta el poder de dirección empresarial para descolgarse de los incrementos salariales pactados en los convenios.

Hoy tiene lugar en el Congreso el debate de totalidad de iniciativa legislativa al proyecto de ley de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo (procedente del real Decreto-Ley 10/2010, del 16 de junio). El pasado mes de junio UGT y CCOO remitieron a los grupos parlamentarios sus observaciones al Real Decreto Ley de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo para reconducir la reforma laboral y vincularla a un modelo productivo basado en el empleo de calidad, la formación y la innovación y donde las prioridades estén en reactivar la economía, dar alternativas urgentes a los jóvenes, a los parados de larga duración, a los inmigrantes y a combatir la temporalidad injustificada.

Ambos sindicatos ya alertaron de que esta iniciativa contiene varios aspectos negativos:

• Nos aleja del cambio de patrón de crecimiento, ya que la competitividad de nuestra economía se busca a través del factor trabajo mediante una reducción de costes laborales, y no por la vía de incrementar la productividad a través de la innovación, la formación y el empleo de calidad.

• Es una reforma que no sirve para crear empleo, pues no se orienta dentro de una política global de reforma del sistema financiero que dote de liquidez a las empresas y a los particulares, y porque no diseñan políticas activas hacia las personas desempleadas para su transición laboral y reinserción en el mercado de trabajo.

• No va a reducir la dualidad en el mercado de trabajo, ya que al contrario de lo que se pretende, la reforma va a incrementar notablemente la temporalidad por la generalización de los colectivos que pueden ser contratados en la modalidad de contrato de fomento de la contratación de indefinida, así como por los criterios de conversión de los contratos temporales en contratos de esa modalidad.

• La reforma va a abaratar y facilitar el despido, posibilitando el “despido exprés” en la extinción del contrato por causas objetivas al otorgar al empresario la facultad de reconocer la improcedencia de la extinción o, lo que es lo mismo, dando eficacia al reconocimiento del empresario de que carece de causas o razones para la extinción (lo que supone la desaparición de los salarios de tramitación). Asimismo, se desregulan las causas del despido colectivo y se reduce la tutela judicial. El objetivo final perseguido es que se declare la procedencia de la extinción contractual.

• Privatiza el desempleo, con la legalización y las amplias facultades que otorga a las agencias privadas con ánimo de lucro.

• Se abre la vía de la contratación de las empresas de trabajo temporal en sectores de riesgo.

• Rompe la negociación colectiva y aumenta el poder de dirección empresarial para descolgarse de los incrementos salariales pactados en los convenios colectivos sectoriales, sin que éstos puedan establecer, como se hacía hasta la reforma, las condiciones y procedimientos de inaplicación salarial.

• No desarrolla la igualdad entre hombres y mujeres. En esta materia sólo se limita a modificaciones puramente formales respecto a extremos que ya son obligaciones impuestas por el artículo 14 de la Constitución y por la Ley de Igualdad Efectiva Entre Hombre y Mujeres.

Gabinete de Prensa

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