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miércoles, 21 de octubre de 2009
lunes, 19 de octubre de 2009
LA DIRECCIÓN DE PERSONAL CONVIERTE LAS EXTINCIONES POR CAUSAS OBJETIVAS Y BAJAS INCENTIVADAS EN UNA SUBASTA
La Dirección de la ONCE se ha propuesto reducir drásticamente la plantilla de personal no vendedor y, en los últimos años, lo está consiguiendo (en casi un 15%), mediante despidos por “causas objetivas” forzadas y bajas voluntarias incentivadas, para lo que aplica nuevamente un criterio discrecional y arbitrario a la hora de determinar la indemnización propuesta al trabajador o trabajadora.
Y calificamos de “discrecional y arbitrario” el criterio utilizado por la Dirección de Personal, pues en casos similares, en cuanto a categoría, antigüedad y edad, se pueden dar ofrecimientos tan dispares como 20.000 o 60.000 euros, incluso bastante más, lo que parece una horquilla más allá de lo razonable y rallando el vandalismo empresarial.
Estas ofertas oscilan en función de diversos factores:
- Consanguinidad de la persona objetivo, con cualquiera de los dirigentes o directivos, políticos o sindicales. Cuanto mayor sea el “pedigrí” mejor será la oferta.
- Necesidad de la persona afectada que pueda condicionar la aceptación de la oferta. Si te interesa causar baja y lo manifiestas, la oferta será a la baja.
- Docilidad o significación en su entorno de la persona afectada. Si eres dócil y poco reconocido o reconocida, la oferta será a la baja.
- La afiliación a UTO-UGT no es una garantía de buen trato. Pues son los factores anteriores los determinantes.
CCOO hemos reiterado en la negociación colectiva y fuera de ella, la necesidad de acordar unos criterios objetivos y transparentes para determinar las indemnizaciones, valorando la categoría, antigüedad y edad de las personas, como ocurre en la mayoría de grandes empresas donde se han producido estos fenómenos. Pero en la ONCE, como en otras muchas cosas, la respuesta ha sido negativa, pues la Dirección y su sindicato están dispuestos a continuar gestionando los recursos económicos institucionales con absoluta “discrecionalidad y arbitrariedad”, haciendo víctimas a muchos trabajadores y trabajadoras de esta política.
CCOO considera una inmoralidad, o falta de ética, que se discrimine de forma tan palmaria a unos trabajadores y trabajadoras frente a otros, por el mero hecho de estar próximos o lejanos al poder mal entendido, sin respeto alguno a la prestación laboral realizada a favor de la ONCE durante años.
El Consejo General puede aprobar todos los Códigos Éticos que desee, pero la falta de ética en la gestión empresarial continúa siendo la pauta de actuación diaria, que pone en evidencia la doble moral de la Dirección.
Madrid, 19 de octubre de 2009
SSI CCOO
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Notas informativas
miércoles, 14 de octubre de 2009
Para descargarte el 14º Convenio
Pinchar aquí: 14º Convenio Colectivo ONCE (PDF)
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Normativa ONCE
Las personas con una discapacidad del 45% se podrán jubilar a los 58 años
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha comunicado que todas aquellas personas que presenten un grado de discapacidad igual o superior al 45 por ciento "podrán jubilarse anticipadamente, como mínimo siete años antes de la edad habitual".
La Ley 40/2007 contemplaba la posibilidad de ampliar los beneficios del Coeficiente Reductor a la edad de jubilación de las personas con discapacidad, con grado reconocido igual o superior al 65%, a quienes lo tengan del 45%. Previendo igualmente la precitada Ley que tal previsión requeriría de un desarrollo reglamentario del Ministerio de Trabajo, para que se pudiera aplicar.
Transcurridos casi dos años desde la entrada en vigor de la precitada norma legal, finalmente se anuncia que próximamente se realizará el desarrollo reglamentario (seguramente coincidiendo con el 3 de diciembre, como Día Internacional de las Personas con Discapacidad), en los términos anunciados por el CERMI, en una nota de prensa que figura al final de la presente.
Según esta información del CERMI, el Coeficiente Reductor aplicable tendría como límite de edad mínima de jubilación, para estas personas con discapacidad igual o superior al 45% e inferior al 65%, los 58 años (la edad mínima para las personas con discapacidad igual o superior al 65% son los 52 años).
En definitiva, si esta previsión se confirma, se tratará de un notable avance, del que se beneficiarán numerosos trabajadores y trabajadoras de la ONCE que están en un grado de discapacidad igual o superior al 45%, pero inferior al 65%, que hasta ahora tenían unas condiciones de jubilación iguales a las personas sin discapacidad.
Diario Levante (1/10/2009)
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Noticias
lunes, 12 de octubre de 2009
MANIFIESTO CONJUNTO DE CCOO, PUEDO, CSIF Y AS
LOS SINDICATOS, CCOO Y CSI.F, Y LOS GRUPOS POLÍTICOS, PUEDO Y AS, PEDIMOS TU MOVILIZACIÓN PARA DEFENDER
LA DIGNIDAD Y LOS DERECHOS EN LA ONCE
Los sindicatos (CCOO y CSI-F) y los grupos políticos de oposición (PUEDO y AS) promoveremos a partir del próximo miércoles 14 de octubre, diversas movilizaciones tendentes a conseguir frenar la escalada antisocial y atentatoria a los más elementales principios de la dignidad y los derechos del personal y la afiliación de la ONCE.
Estos graves atentados a la dignidad y los derechos los concretamos en:
- La imposición de una “doble escala salarial” para el personal de nueva contratación, en el XIV Convenio Colectivo suscrito por UTO-UGT y la Dirección, con la consiguiente discriminación salarial, que afectará en general al personal vendedor de nuevo ingreso y en particular a la juventud afiliada a la Entidad.
- El cierre generalizado de Agencias Administrativas, con merma de la presencia institucional y de la proximidad a su afiliación en ciudades y pueblos e impacto en las condiciones laborales y del empleo del personal de las mismas.
- La no renovación de contratos a docenas de afiliadas y afiliados ciegos o deficientes visuales situados en lo que, en la mayoría de los casos, denominan “baja rentabilidad”, con la consiguiente incertidumbre personal y, en su caso, familiar, así como la quiebra del compromiso institucional de apoyo a la integración social, laboral y autonomía económica de la afiliación a la ONCE.
- El proceso de despidos disciplinarios iniciado por la ONCE contra todos los vendedores y vendedoras situados en lo que denominan “baja rentabilidad” o con problemas de liquidación derivado, en muchas ocasiones, de problemáticas adictivas, desarraigo social o descontrol económico, de forma generalizada y sin darle tratamiento social alguno a la problemática, como correspondería a la misión institucional.
- La implantación de un sistema de “copago” para la prestación sanitaria complementaria (SANITAS) al sistema de Seguridad Social, como forma de recuperar por la empresa otra parte sustancial de los fondos destinados a la exigua acción social del Convenio.
- La previsión de la norma sobre elaboración de los presupuestos para 2010 de suprimir un 50% de los quioscos con ventas inferiores a 2390 euros semanales, en cuya situación se encuentra la gran mayoría de los mismos.
Estas decisiones empresariales e institucionales, amén de otras muchas de menor entidad, afectan a la totalidad del personal y la afiliación, constituyendo una verdadera agresión a los principios sociales de la ONCE que precisan de una respuesta firme y sostenida, por parte de las organizaciones que compartimos un compromiso de trabajo “para la regeneración democrática y fortalecimiento institucional de la ONCE”.
Por lo que te pedimos que participes y apoyes cuantas iniciativas movilizadoras promoveremos en los próximos meses y que tendrá su primer acto el próximo miércoles 14 de octubre en los centros directivos de la ONCE.
CCOO - PUEDO - CSIF - AS
CCOO - PUEDO - CSIF - AS
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Notas informativas
¿UN HILO DE LUZ EN MEDIO DE LA CEGUERA?
El Hospital del Pueblo Número 8, construido en las afueras de la ciudad de Qingdao, no tiene nada que envidiar a los centros médicos occidentales. De no ser por las ventanillas de cobro, que producen la sensación de estar en una sucursal bancaria —en el país la sanidad es pública pero de pago—, nada haría pensar que estamos en China.
Hace un mes, Manuela no se habría inmutado ante el estímulo lumínico. La pequeña nació con una hipoplasia del nervio óptico, una enfermedad congénita muy rara, que le provocó ceguera. «Básicamente, los ojos tienen capacidad para ver, pero la imagen no llega a su cerebro», explica el mal Luciana, su madre. Por lo pronto, los ojos de Manuela ya reaccionan cuando se someten a la luz directa. Si todo evoluciona según lo previsto, pronto podría distinguir grandes volúmenes. Y quién sabe si algún día contemplar las lágrimas que hoy resbalan por las mejillas de su madre, emocionada con sus progresos.
La responsable de que los iris de Manuela hayan comenzado a cobrar vida es una revolucionaria técnica que sólo se practica en este hospital chino. Un tratamiento experimental a base de células madre que ha hecho que cientos de padres de todo el mundo cierren los ojos ante el dictamen de la comunidad científica internacional —los expertos han mostrado su escepticismo sobre el éxito de la terapia— y hagan miles de kilómetros en busca de un milagro para sus hijos. Por la planta noble del Hospital del Pueblo Número 8 han pasado la británica, Dakota Clarke, de 3 años, o Macie Morse, estadounidense que acaba de cumplir los 16.
Aunque en China y otros países algunos médicos utilizan células embrionarias —las de mayor potencial, puesto que pueden dar lugar a cualquier organismo, pero también polémicas puesto que proceden de embriones humanos—, en Beike aseguran que sólo utilizan las células que se obtienen de la sangre de los cordones umbilicales o las que se extraen directamente de la médula ósea del paciente. Ni siquiera el estadounidense Claude Gerstle, en silla de ruedas tras sufrir un accidente de bicicleta, miembro de la ISSCR, investigador defensor de los tratamientos con células madre y paciente al mismo tiempo, cree en la pócima china. “No hay ninguna respuesta inflamatoria que atraiga a las células madre a reparar las partes anormales del nervio”, dice sembrando dudas sobre el principal interrogante que plantea la terapia. ¿Cómo es posible que una vez inyectadas las células madre éstas lleguen exactamente al lugar deseado? ¿Cómo lo consiguen?.
El artículo de The Times supuso el inicio de una campaña mediática en contra de los viajes al Hospital Popular Número 8. Los Clarke, que habían iniciado una campaña para recaudar dinero para este segundo tratamiento, han visto como las donaciones y el apoyo popular disminuyen.
Dakota Clarke, quien reside con sus padres en Newtownabbey, un pueblo a las afueras de Belfast, en Irlanda del Norte, fue la primera niña británica tratada con las células madre de China. Cuando viajó allí, en febrero pasado, sólo apreciaba formas borrosas y siempre que se encontrara en un espacio iluminado. A su regreso, la niña comenzó a distinguir imágenes. Sus padres, que asistieron perplejos a las primeras descripciones de Dakota, la llevaron al médico para que éste corroborara lo evidente: la niña ve hasta una distancia de dos metros y medio.
El éxito de Dakota fue lo que animó al brasileño Jackson Dourado, el padre que enfoca complacido a su hija con la linterna, a emprender el mismo camino. Supieron de su historia por Internet y se pusieron en contacto con los padres de Dakota. Animados por lo que éstos contaban, comenzaron a buscar financiación para la terapia. El empujón definitivo llegó de la mano de Giulia, de 3 años, otra niña brasileña ciega. Su padre, futbolista profesional, se implicó en el tratamiento y su fama hizo que los medios y la gente se volcaran en el caso. Giulia también se encuentra en estos momentos recibiendo terapia en Qingdao. Va por su cuarta dosis. «Mamá, siento el sabor del sol», le dijo a su madre hace una semana durante un paseo fuera del hospital. «Su padre, desde Brasil, lloraba cuando se lo contábamos por Skype», cuenta la madre, Elizabeth. «Sólo tengo palabras para agradecérselo a Dios». fondos para volver a China, convencida de que progresaría aún más si se somete otra vez a la terapia.
Sólo el coste del tratamiento —aplicado a dos enfermedades muy concretas, la hipoplasia del nervio óptico y la displasia septo óptica, ambas congénitas, las principales causas de ceguera infantil— asciende a unos 18.000 euros y requiere al menos cuatro semanas de ingreso. Durante ese tiempo, el paciente recibe entre cinco y ocho inyecciones, cargadas cada una con entre 10 y 15 millones de células madre procedentes de la sangre de cordones umbilicales. Teóricamente, las células madre son capaces de detectar las zonas dañadas, viajar hasta ellas y recomponerlas. Los resultados pueden ser inmediatos o no llegar nunca. En el caso de Manuela, la niña brasileña, la mejoría se produjo tras la cuarta dosis.
«Sabemos que funciona, y para muchos de nuestros pacientes eso es lo único importante», dice el director de Beike Biotech, SeanHu, quien no sabe explicar exactamente cuál es el mecanismo que hace efectivo el tratamiento. «Tampoco sabemos con exactitud por qué la aspirina elimina el dolor de cabeza en algunos pacientes y no en otros». Sean Hu se graduó en Biotecnología en Suecia para regresar a su país en 2001 y levantar una empresa, Beike, con la que quiere liderar el mercado mundial de las células madre. Ya efectúa «pruebas clínicas» en 27 centros de China por los que han pasado, desde 2005, más de 6.000 pacientes con distintas afecciones, entre ellos unos 90 niños ciegos. Sus métodos, sin embargo, no gozan del refrendo de los expertos en la materia. La Asociación Internacional para la Investigación con Células Madre (ISSCR, sus siglas en inglés) advierte de que, a día de hoy, la mayoría de procedimientos con células madre se encuentran en fase experimental.
DANIEL POSTICO (EL MUNDO 20/9/2009)
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Noticias
jueves, 1 de octubre de 2009
EL MIÉRCOLES 7 DE OCTUBRE MOVILÍZATE EN DEFENSA DEL TRABAJO DECENTE
La Confederación Sindical Internacional (CSI) convoca el próximo miércoles 7 de octubre la 2ª Jornada Mundial por el Trabajo Decente. Convocatoria que es impulsada en nuestro país por los sindicatos. Por lo que pedimos tu participación en cuantas movilizaciones serán convocadas este día, por una causa justa.
La crisis económica amenaza los puestos de trabajo y el futuro de la población en todo el mundo. Décadas de desregulación, y la ambición y los excesos de una pequeña minoría, han sumido al mundo en la más profunda recesión desde los años 30. El Trabajo Decente ha de constituir el eje de las acciones gubernamentales destinadas a restaurar el crecimiento económico y construir una nueva economía mundial que sitúe a las personas en primer término, de forma que:
• Cree Trabajo Decente, con pleno respeto de los derechos sindicales.
• Se base en una gobernanza efectiva, democrática y responsable que sitúe en primer término las necesidades de la población.
• Garantice una firme regulación financiera, poniendo a las finanzas al servicio de la economía real y a la economía real al servicio de la población.
• Garantice el respeto de los derechos de todos los trabajadores y trabajadoras y ponga fin a la pobreza, las desigualdades, la discriminación y la explotación;
El objetivo de conseguir, en todo el mundo y para todos los trabajadores y trabajadoras, un Trabajo Decente es suficiente para movilizarnos solidariamente en defensa del mismo. Pero además, desgraciadamente, este objetivo se ha convertido en la ONCE en una necesidad real, tras el grave deterioro de las condiciones laborales y de empleo de los últimos años y, particularmente, a partir del reciente XIV Convenio Colectivo, suscrito el pasado mes de julio. Así:
- Imposición, a partir del 1 de octubre, de una “doble escala salarial” para el personal de nuevo ingreso, que merma su salario en un 30% y lo reduce a 657 euros mensuales.
- La facultad empresarial de disponer, de forma casi ilimitada, de los puntos de venta, convirtiendo el mantenimiento del derecho de explotación de los mismos en una “prebenda” para doblegar los derechos y la dignidad del personal vendedor.
- La externalización y supresión de funciones (administrativas, comerciales y de servicios sociales) y el cierre de centros de trabajo, que reduce o suprime la carga de trabajo del personal no vendedor, obligándoles a aceptar condiciones laborales degradantes, jubilarse anticipadamente o ver extinguida su relación laboral con la ONCE de forma traumática.
La “decencia del trabajo” no está únicamente en el salario, sino también en el reconocimiento profesional, la conciliación del mismo con la vida personal y familiar, el respeto empresarial de los derechos legalmente exigibles y alcanzar la jubilación sin tener que percibirla como una “liberación”.
El próximo miércoles día 7 de octubre, en muchas ciudades de nuestro país, se realizarán manifestaciones y actos sindicales encaminados a defender un Trabajo Decente en el mundo, para todos los trabajadores y trabajadoras. Pidiéndote que acudas, por solidaridad e interés propio, pues:
EN LA ONCE TAMBIÉN ES NECESARIO DEFENDER UN TRABAJO DECENTE
Madrid, 1 de octubre de 2009
SSI CCOO
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Notas informativas
DERECHOS EN CASO DE BAJA POR ENFERMEDAD
En el supuesto de baja por enfermedad o accidente no laboral, que medie hospitalización (ingreso hospitalario de 3 días o más), la ONCE complementará hasta el 100% del salario base y la antigüedad desde el primer día de baja*
En el supuesto de baja por enfermedad o accidente no laboral, sin que medie hospitalización, la ONCE complementará hasta el 100% del salario base y antigüedad a partir del trigésimo primer día y hasta un máximo de 12 meses*.
No obstante lo anterior, durante los seis primeros días naturales al año, la inasistencia al trabajo por enfermedad, la ONCE abonará la prestación reglamentaria por Incapacidad Laboral, y si procede un complemento de hasta el 100% del salario base y la antigüedad.
En caso de que cobres comisiones, debes tener en cuenta que la ley de la Seguridad Social estipula la base reguladora en caso de bajas por enfermedad es la siguiente:
Se cogerá el mes anterior a la baja y se cobrará, el 0% los días 1, 2 y 3. A partir del día 4 al 20 se cobrará el 60% de tu base reguladora (lo cotizado el mes anterior), y a partir del dìa 21 el 75%.
*Nota.: Si el índice de absentismo es superior al 9,50%, no se abonará complemento alguno.
14º Convenio Colectivo de la ONCE y su Personal
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QUE HACER EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL
Si tenemos un accidente en horario laboral, una vez que hayamos recibido la asistencia sanitaria, procederemos a comunicarlo al departamento de personal, lo más rápidamente posible, para que sea reconocido por la empresa dicho accidente.
Se considera accidente de trabajo initinere cuando el/la trabajador/ra se accidenta en el transcurso de su desplazamiento de su casa al trabajo o viceversa. No será accidente de trabajo si se produce en su casa o antes de salir del portal de su domicilio.
El importe de lo que se cobrará en caso de accidente será: El 75% de la suma de las siguientes cantidades:
Base de cotización por accidentes mes anterior dividido entre 30
Base de cotización por accidentes año anterior dividido entre 359
En cualquier caso la ONCE complementará hasta el 100% del salario base y la antigüedad desde el primer día de baja.
14º Convenio Colectivo de la ONCE y su Personal
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QUE HACER EN CASO DE ROBO
Denunciar cualquier siniestro sufrido sobre los productos o recaudación, en la Comisaría de la Policía local o en la Guardia Civil etc., haya mediado o no violencia o intimidación.
Entregar inmediatamente la denuncia en la ONCE, reclamando justificante de la entrega y si no se quisiera recibir, aduciendo no reunir los requisitos de robo o expoliación, se mandará por fax o burofax (oficina de Correos), conservando los justificantes
Reclamar la apertura de “cuenta deudora” por el importe siniestrado, oponiéndose a que se nos cobre el mismo.
Negándose, si fuera preciso por vía judicial, al pago del siniestro, cuando sea rechazado por la compañía aseguradora.
Tenemos que advertiros de la responsabilidad penal y disciplinaria laboral, en la que se puede incurrir si se realiza una denuncia falsa ante la autoridad competente, por inexistencia del siniestro o desvirtúe éste.
14º Convenio Colectivo de la ONCE y su Personal
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JORNADAS, DESCANSO Y PERMISOS RETRIBUIDOS
La jornada laboral es de un máximo de 8 horas diarias y 40 a la semana, puedes deducir unos 30 minutos diarios para realizar cuentas, atención a clientes etc. También y dentro de la jornada se podrá realizar un descanso de 30 minutos que se considerará trabajo efectivo.
Cuando por necesidades de comercialización de productos, a juicio de la ONCE, sea necesario que trabajes un festivo, tendrás derecho a que te compensen dicho día con otro de descanso, preferentemente en sábado o domingo, o inmediatamente anterior o posterior a los de inicio o fin del descanso semanal, en todo caso te deberán dar dicho día antes de 2 meses a contar desde el día festivo trabajado. Todo ello lo deberán comunicártelo por escrito.
Recuerda, si trabajas en tus días de descanso y la empresa no te lo ha comunicado autorizándote por escrito, además de hacer la competencia desleal a tus compañeros/as, si tienes un robo o accidente laboral, no tendrás cubierto las referidas contingencias.
Como regla general la jornada será de 5 días y dos de descanso consecutivos.
Vacaciones: Veinticuatro días laborables anuales de vacaciones, que se podrán fraccionar hasta un máximo de 3 periodos. Recuerda, si no deseas fraccionar las vacaciones, tienes derecho a disfrutarlas ininterrumpidamente. En los meses estivales (15 junio 15 de septiembre) tendrán preferencias los/las trabajadores/as con hijos en edad escolar, estableciendo un periodo de rotación para el resto del personal. Lo que se cobrará en vacaciones es el salario base y la antigüedad.
Festivos: Las fiestas de ámbito estatal, autonómico y local que cada año la autoridad laboral las declare inhábiles. (a partir del 2010 desaparece el festivo de Santa Lucía).
Licencias para asuntos particulares: 6 días de asuntos particulares, 3 de ellos se podrán fraccionar en medias jornadas (a partir del 2010). No serán acumulables a los periodos vacacionales. Para disfrutar estos días se necesita autorización expresa de la Dirección, si te deniegan estas licencias, te lo deberán notificar por escrito, motivando dicha denegación.
Permisos retribuidos:
11 días laborables en caso de matrimonio.
2 días laborables por nacimiento de un hijo ó 4 naturales, al menos 2 de ellos laborables si nace en provincia distinta a la de residencia.
2 días laborables por enfermedad grave de un familiar ó 4 naturales, al menos 2 de ellos laborables si nace en provincia distinta a la de residencia.
4 días laborables por fallecimiento de un familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad, incluyendo el cónyuge no separado. Si el fallecimiento se producen en provincia distinta a la del domicilio del trabajador, y fueran imprescindibles desplazamientos al efecto, la licencia comprenderá 6 días naturales, al menos 4 de ellos laborables.
En el caso del fallecimiento del cónyuge, si el trabajador queda a cargo de hijos menores de edad, este permiso se ampliará hasta 10 días laborables.
2 días laborables por fallecimiento de un familiar de segundo grado de consanguinidad o afinidad. Si el fallecimiento o el sepelio se producen en provincia distinta a la del domicilio del trabajador, y fueran imprescindibles desplazamientos al efecto, la licencia comprenderá 4 días naturales, al menos 2 de ellos laborables.
1 día al año por traslado de domicilio habitual.
Estos son algunos de los permisos retribuidos, pero existen más (permiso de lactancia, exámenes o licencias sin retribuir), si quieres más información llámanos y te proporcionaremos toda la información que necesites.
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LOS CONCEPTOS DE LA NÓMINA
Salario Base: Es el concepto retributivo por unidad de tiempo. En el XIV (2009) convenio se han establecido 2 tablas salariales: Vendedor/a Junior 657,45 € brutos, pasados 3 años de contrato se es vendedor Senior, cobrando 939,22 € brutos.
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Complemento por antigüedad y desempeño: lo regula el Artº. 64 del Convenio estableciendo una cantidad fija de 48,08€ cada 3 años y hasta un máximo de 27 años (9 trienios).
Comisiones por venta: Es el apartado de las retribuciones más complicado (Artº. 47 y 48) Para generar comisiones, las ventas mensuales deberán de ser iguales o superiores al mínimo de ventas establecido para el 2009: debiendo sumar el resultado de multiplicar 160,77€ por las jornadas efectivamente trabajadas diferentes al viernes y el de multiplicar 401,93 por el número de viernes realizadas por el vendedor en el mes natural de que se trate. Si se ha vendido por encima del mínimo mensual, se generará una comisión que irá del 4 al 17%, hay que tener en cuenta que si los días posteriores al último día trabajado en el mes coinciden con tus días de descanso o son festivos, el importe de esa venta anticipada hay que imputarlo en el mes actual. (TE RECOMENDAMOS UTILIZAR EL PROGRAMA PARA CALCULAR LA NÓMINA )
Pagas Extraordinarias: Son 2 pagas al año, se computarán semestralmente y se abonarán en junio y diciembre. El importe de las mismas será el salario base (vendedor Junior o Senior) y el complemento de antigüedad que cada uno/una haya generado.
Plus de ruta: el importe es de 70€ mensuales, la ONCE te lo deberá comunicar por escrito el derecho y lo abona cuando te asignen una ruta que necesites utilizar el vehículo propio para desplazarte a varios pueblos.
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