miércoles, 14 de octubre de 2009

Las personas con una discapacidad del 45% se podrán jubilar a los 58 años

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha comunicado que todas aquellas personas que presenten un grado de discapacidad igual o superior al 45 por ciento "podrán jubilarse anticipadamente, como mínimo siete años antes de la edad habitual".

La Ley 40/2007 contemplaba la posibilidad de ampliar los beneficios del Coeficiente Reductor a la edad de jubilación de las personas con discapacidad, con grado reconocido igual o superior al 65%, a quienes lo tengan del 45%. Previendo igualmente la precitada Ley que tal previsión requeriría de un desarrollo reglamentario del Ministerio de Trabajo, para que se pudiera aplicar.

Transcurridos casi dos años desde la entrada en vigor de la precitada norma legal, finalmente se anuncia que próximamente se realizará el desarrollo reglamentario (seguramente coincidiendo con el 3 de diciembre, como Día Internacional de las Personas con Discapacidad), en los términos anunciados por el CERMI, en una nota de prensa que figura al final de la presente.

Según esta información del CERMI, el Coeficiente Reductor aplicable tendría como límite de edad mínima de jubilación, para estas personas con discapacidad igual o superior al 45% e inferior al 65%, los 58 años (la edad mínima para las personas con discapacidad igual o superior al 65% son los 52 años).

En definitiva, si esta previsión se confirma, se tratará de un notable avance, del que se beneficiarán numerosos trabajadores y trabajadoras de la ONCE que están en un grado de discapacidad igual o superior al 45%, pero inferior al 65%, que hasta ahora tenían unas condiciones de jubilación iguales a las personas sin discapacidad.
 
Diario Levante (1/10/2009)

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