jueves, 12 de noviembre de 2009

DÍAS DE FIESTA RETRIBUIDOS Y NO RECUPERABLES

Publicado el Decreto 201/2009, de 6 de noviembre, que determina el calendario laboral de aplicación en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana para el año 2010


De acuerdo con lo establecido en los artículos 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio (modificado por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre), declarado vigente en la disposición derogatoria única del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, se declaran, dentro del ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, días inhábiles a efectos laborales retribuidos y no recuperables, los coincidentes con las fechas que a continuación se relacionan:


· 1 de enero. Año Nuevo
· 6 de enero. Epifanía del Señor
· 19 de marzo. San José
· 2 de abril. Viernes Santo
· 5 de abril. Lunes de Pascua
· 1 de mayo. Día de la Clase Trabajadora
· 9 de octubre. Día de la Comunitat Valenciana
· 12 de octubre. Día de la Hispanidad
· 1 de noviembre. Todos los Santos
· 6 de diciembre. Día de la Constitución
· 8 de diciembre. Inmaculada Concepción
· 25 de diciembre. Navidad

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