jueves, 5 de noviembre de 2009

A IGUAL TRABAJO DESIGUAL SALARIO

(O cómo retroceder un siglo de derechos laborales)
 
Cuando el pasado 16 de julio UTO-UGT y la Dirección de la ONCE firmaron el XIV Convenio Colectivo, abocaron a miles de trabajadores a malvivir, con un sueldo de poco más de 600 € mensuales, al fijar una doble escala salarial (junior y senior)

Pero ¿A que trabajadores les puede afectar la doble escala salarial?

Trabajadores/as fijos a fecha 30-9-2009 = SENIOR

Trabajadores/as con contrato temporal activos a 30-9-09 = SENIOR
- Prórrogas sucesivas dependientes del contrato inicial = SENIOR
- Término de contrato a partir del 1-10-09 y nueva alta antes de 6 meses, habiendo acumulado   anteriormente 36 meses de trabajo o más = SENIOR
- Término de contrato a partir del 1-10-09 y nueva alta antes de 6 meses = JUNIOR
              o Se tendrá en cuenta los meses acumulados en anteriores contratos hasta completar los 36 meses  que le darán derecho a ascender al grado SENIOR
- Término de contrato a partir de 1-10-09 y nueva alta pasados 6 meses = JUNIOR

Trabajadores con contrato de interinidad activos a 30-9-09
- Contrato de interinidad a 30-9-09 de duración superior a tres años, o con más de 36 meses de servicio efectivo en sus anteriores contratos = SENIOR
             o Si una vez finalizado este contrato, con posterioridad vuelve a ser contratado antes de 6 meses = SENIOR
             o Si una vez finalizado este contrato, con posterioridad vuelve a ser contratado después de 6 meses = JUNIOR
- Contrato de interinidad a 30-9-09 de duración inferior a tres años, o con menos de 36 meses de servicio efectivo en sus anteriores contratos = SENIOR hasta la finalización de su actual contrato. Una vez finalizado este contrato puede ocurrir:
            o Que vuelvan a ser contratados antes de 6 meses. En el nuevo contrato entrarán como Grado inicial JUNIOR y se tendrá en cuenta el tiempo trabajado en los contratos anteriores hasta que cubra los 36 meses trabajados, entonces se convertirá en SENIOR.
            o Que vuelvan a ser contratados después de 6 meses. En el nuevo contrato entrarán como Grado inicial JUNIOR y se pondrá el contador a cero para tener en cuenta los tres años que dan derecho al pase al Grado de desarrollo SENIOR.

Nuevas contrataciones

Los trabajadores que suscriban un contrato de trabajo a partir de 1 de octubre de 2009 sin relación laboral anterior quedarán encuadrados como Grado inicial JUNIOR y con el contador a cero para tener en cuenta los tres años que dan derecho al pase al Grado de desarrollo.

Excepción

Existe la posibilidad de que los trabajadores que reúnan ciertas condiciones puedan adquirir el Grado de desarrollo SENIOR habiendo trabajado 24 meses pero antes de concluir los 36 meses de trabajo efectivo en la ONCE, por lo que el periodo de tres años opera como un máximo, pero puede acortarse en ciertos casos si cumplen simultáneamente estas tres condiciones:

1. Si su venta media semanal en los últimos seis meses debe superar la media de venta semanal de su centro de adscripción, incrementada en un 50%, en el mismo periodo de referencia.

2. Si ha realizado venta efectiva durante al menos el 90 % de las jornadas teóricas del semestre (excluidas vacaciones).

3. Si ha cumplido correctamente con todas las obligaciones propias del puesto.

En estos casos, el Centro correspondiente deberá informar a la Dirección General, aportando los datos y el historial del vendedor, y será la Dirección General la que habilitará la posibilidad de que éste pase al Grado de desarrollo sin tener que esperar al transcurso de los 36 meses.

Como podéis comprobar, esta doble escala salarial, se aplica sobre los trabajadores que no disfrutan de un contrato indefinido, justo sobre esos trabajadores a los que UTO les dice que si están afiliados con ellos, todo les ira mejor. ¿Mejor para quién?.

¡Defiende tus derechos! La pasividad sólo reporta retrocesos.

CCOORGANIZATE

Sección Sindical CCOO ONCE Alicante

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